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| Control de contaminación |
Regulación normativa, ley de julio
de 2002 en España
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Se crea la ventanilla única ambiental para coordinar los permisos
y controles sobre las actividades industriales.
Se establecen sanciones para las industrias que no prevengan sus impactos
sobre el agua, el suelo y la atmósfera de manera integrada.
Se estima que se verán afectados por esta Ley cerca de 4.000 centros
productivos. Por sectores, los más afectados son el agroalimentario
(42 por 100), el químico (21,3 por 100), el de industrias minerales
(10,7 por 100) y el de producción y transformación de metales
(9,2 por 100).
Multas desde 200.001 euros hasta 2.000.000 euros,
El Consejo de Ministros Español, con fecha 23 de noviembre de 2001,
aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de
Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación,
conocida por las siglas IPPC, correspondientes a su título en inglés.
El objetivo de la nueva norma es prevenir, evitar, reducir y controlar
la contaminación de la atmósfera, el agua y el suelo, provocada
por determinadas actividades industriales, mediante un sistema de prevención
y control integrados de la contaminación.
Esta norma traspone la Directiva comunitaria de 1996, relativa a la prevención
y control integrado de la contaminación y se incorporan también
los principios básicos de la Directiva comunitaria de compuestos
orgánicos volátiles, de 1999.
La finalidad de la Ley es alcanzar una elevada protección del medio
ambiente en su conjunto, para evitar que el control de emisiones por separado
contribuya a que la contaminación se transfiera de un medio a otro
y conseguir la mejora de la calidad del medio ambiente general.
Con ello se pretende integrar los criterios y variables medioambientales
en el sector industrial para, a través de la mejora tecnológica
y la consiguiente reducción de las emisiones contaminantes, contribuir
a la lucha contra procesos como el cambio climático, la lluvia ácida
y la contaminación de mares y ríos, todo ello con el objetivo
de avanzar hacia un modelo de desarrollo sostenible que compatibilice la
actividad industrial con la protección del medio ambiente y la calidad
de vida de los ciudadanos.
Se estima que se verán afectados por esta Ley cerca de 4.000 centros
productivos. Por sectores, los más afectados son el agroalimentario
(42 por 100), el químico (21,3 por 100), el de industrias minerales
(10,7 por 100) y el de producción y transformación de metales
(9,2 por 100).
Una autorización renovable cada ocho años
La futura Ley crea la figura de la autorización ambiental integrada
que coordina los permisos y controles ambientales anteriores, lo que da
lugar a una ventanilla única ambiental. España es uno de
los Estados miembros en los que intervienen más autoridades en la
concesión de la autorización ambiental.
El permiso lo concede el órgano competente de la Comunidad Autónoma
en la que se ubica la instalación. En él se establecen las
condiciones ambientales necesarias para explotar la instalación
y se especificarán los valores límites de emisión
de sustancias contaminantes a cada uno de los medios: aire, agua y suelo.
La autorización ambiental integrada se concederá por un plazo
máximo de ocho años, transcurrido el cual deberá ser
renovada. Las instalaciones existentes gozarán de un periodo de
adaptación a las condiciones ambientales exigidas hasta octubre
de 2007.
Para otorgar la autorización ambiental integrada, el órgano
competente deberá tener en cuenta que en el funcionamiento de las
instalaciones se adopten las medidas adecuadas para prevenir la contaminación.
Las industrias deberán adaptar tecnologías más eficaces
en la protección del medio ambiente en su conjunto.
Permiso de producción de residuos
Las instalaciones para obtener el permiso deberán evitar la producción
de residuos y, si esto no fuera posible, deberán gestionarlos preferentemente
mediante valorización. Asimismo, tendrán que realizar un
uso eficiente de la energía, las materias primas y otros recursos,
así como prevenir los accidentes graves y limitar sus consecuencias
sobre la salud de las personas y el medio ambiente. También se deberán
tener en cuenta medidas para evitar la contaminación cuando finalice
la actividad de la instalación y que el lugar donde se ubique quede
en estado ambientalmente satisfactorio.
Las Comunidades Autónomas deberán disponer de información,
en cada una de las instalaciones industriales, de las emisiones, los focos
de las mismas, los valores límites de emisión y las mejores
técnicas disponibles aplicadas. Estos datos serán remitidos
al Ministerio de Medio Ambiente para la elaboración del Inventario
Estatal de Emisiones (eper-es.com) y su comunicación a la Comisión
Europea, a efectos de la elaboración del Inventario Europeo de Emisiones
Contaminantes.
Régimen sancionador
La Ley contiene un régimen específico de infracciones muy
graves, graves y leves y sus respectivas sanciones, sin perjuicio de las
infracciones que, en su caso, pudieran establecer las Comunidades Autónomas
y del régimen sancionador previsto en la normativa sectorial aplicable.
Como infracciones muy graves destacan la de ejercer la actividad sin la
autorización ambiental integrada o la de incumplir las condiciones
establecidas en la autorización, siempre que se haya producido daño
al medio ambiente. La sanción correspondiente puede consistir en
una multa desde 33.277.366 pesetas (200.001 euros) hasta 332.772.000 pesetas
(2.000.000 euros), en la clausura definitiva o temporal de las instalaciones
y en la inhabilitación para el ejercicio de la actividad por un
periodo no superior a dos años.
Las Comunidades Autónomas ejercerán el control y la inspección
necesarias para garantizar el cumplimiento de esta ley. El Estado tiene
la competencia sobre el control de los vertidos a cuencas intercomunitarias.
El texto ha sido consensuado con los distintos Ministerios; con las
Comunidades Autónomas mediante diversas reuniones de la Conferencia
Sectorial de Medio Ambiente; con los Entes locales a través de la
Comisión Nacional de la Administración Local, y con todos
los sectores más afectados. En su elaboración han participado
más de ochenta asociaciones empresariales.
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